Consultoría

Asistencia Técnica a la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad, en materia de asesoramiento técnico de seguridad ferroviaria.

GENERALITAT VALENCIANA

País: España

Año: 2020-2022

Contrato de Servicios para asistencia técnica a la dirección general de obras públicas, transporte y movilidad en materia de asesoramiento técnico en seguridad ferroviaria.

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La Ley 7/2018, de 26 de marzo, de la Generalitat, de seguridad ferroviaria, establece la creación de la Agència Valenciana de Seguretat Ferroviaria, como autoridad responsable en los términos previstos en la Directiva 2004/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la seguridad de los ferrocarriles comunitarios. Esta autoridad se define en el artículo 4.1.f) y establece sus competencias en el artículo 1.2.b) de la citada Ley 7/2018.

La disposición transitoria cuarta de la citada Ley, atribuye las competencias de la misma a la Dirección General competente en materia de transporte de la Generalitat Valenciana, en tanto no quede constituida la Agencia, pudiendo recabar para ello el asesoramiento técnico especializado en seguridad de la circulación ferroviaria.

El objeto del proyecto es doble:

  • por un lado la elaboración de informes técnicos relacionados con documentación a desarrollar en materia de seguridad ferroviaria, indicados en la citada Ley, para ponerlos a disposición de la Agència Valenciana de Seguretat Ferroviaria.
  • por otro lado realizar informes de asesoramiento técnico en materia de seguridad ferroviaria que la Dirección General de Obras Públicas, Transporte y Movilidad pueda necesitar para ejercer transitoriamente las funciones de la Agència Valenciana de Seguretat Ferroviaria, entre ellos están los informes para la autorización de las puestas en servicio de los nuevos proyectos ferroviarios o las modificaciones de las infraestructuras actuales y los informes de revisión de los proyectos de túneles, que han de contar con el informe previo y favorable de la Agencia para su aprobación.